Los exchanges deberán facilitar la información a la Unidad de Inteligencia Financiera. Se trata de un esfuerzo para frenar los delitos financieros con criptomonedas, como el lavado de activos y el financiamiento terrorista.
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- Decreto presidencial obliga a exchanges cripto a suministrar información ante organismo de Perú
- Los exchanges deberán aplicar procesos KYC y otros mecanismos para cumplir esta tarea
- La iniciativa busca cerrar caminos para que las criptomonedas se utilicen en delitos financieros
- La misma viene a lugar en medio del creciente interés por las criptomonedas en el país
Las plataformas de criptomonedas que operan en Perú ahora deberán suministrar información de los usuarios a un organismo gubernamental.
El gobierno de Perú emitió esta semana un nuevo decreto legislativo que obliga a los exchanges de monedas digitales a suministrar información de los usuarios ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del país.
Exchanges deberán revelar información sobre sus clientes
Según indican varios reportes en medios locales y especializados, el decreto fue emitido directamente por la presidencia del país, esto en atención a las medidas para combatir los hechos relacionados con el lavado de activos y financiamiento de actos terroristas. Por esta razón, ahora los exchanges figuran dentro del grupo de entidades que deben rendir cuentas ante la UIF.
Al respecto, en el decreto legislativo se lee:
Incorpórese como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 29038, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que comprenden cualquier persona física o jurídica, domiciliada o constituida en el país, que no esté cubierta en ninguna otra de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Las autoridades agregan que deberán acogerse a esta norma todas las entidades que realicen una o más de las siguientes actividades en nombre de personas físicas o jurídicas:
- Intercambio entre activos virtuales y monedas fiat o de curso legal;
- Intercambio entre una o más formas de activos virtuales;
- Transferencia de activos virtuales;
- Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; y
- Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual.
Implicaciones para las plataformas
Según indican los reportes, la finalidad tras esta medida es cerrar la puerta para que las actividades con criptomonedas se conviertan en un mecanismo para perpetrar hechos ilícitos de naturaleza financiera, esto en atención con el incremento visto en el interés y volumen de operaciones con estos activos.
Por ende, la medida exige que las plataformas antes mencionadas deban implementar procesos de identificación de clientes (KYC, por sus siglas en inglés) para tener información de las personas que operan con criptomonedas, así como el cumplimiento de los dictámenes señalados por la GAFI, por ejemplo, la regla de viaje.
De acuerdo con una entrevista realizada por el medio Cointelegraph, el Country Manager de Buda.com para Perú, Carlos Bernos, aseguró que aunque la norma entrará muy pronto en vigencia, la medida se esperaba desde 2021. Calificó la medida como positiva ya que brinda “mayor institucionalidad” a las plataformas de criptoactivos de cara al sistema financiero del país.
Por lo pronto, solo queda esperar por un pronunciamiento oficial por parte de la UIF para tener claro a más detalle el proceder que deberán seguir los exchanges para adecuarse a estas normas.
Artículo de Angel Di Matteo / DiarioBitcoin
Imagen de Unsplash
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