Por DiarioBitcoin   @diariobitcoin

La ONG Bitcoin Argentina solicita cambios al proyecto de reforma de la ley de lavado de activos: “Tendrá un efecto negativo sobre acciones lícitas e inofensivas dentro de un sector pujante de la economía”.

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  • La ONG Bitcoin Argentina solicita cambios al proyecto de ley de lavado de activos
  • Dice que el mismo, tal como está, tendrá un efecto negativo en la industria cripto
  • El proyecto de reforma de la ley de lavado de activos está en la Cámara de Diputados actualmente

 

Desde hace muchos años, la ONG Bitcoin Argentina se ha dedicado a proteger tanto a los inversores como a la industria cripto del país, para ello, una de las actividades que realiza es revisar que la legislación actual o en proceso no afecte al mercado de las criptomonedas y sus actores. Es por ello que, por ejemplo, en septiembre, ante los operativos de la Administración Federal de Ingresos Públicos del país que desarticulaba granjas mineras que operaban sin permisos, recalcó que “la minería de criptomonedas no es delito en Argentina”.  También se pronunció contra los delitos de estafa del esquema Generación ZOE, que tanto daño ha hecho.

Ahora, a través de un comunicado, la organización solicitó modificaciones al proyecto de reforma de la ley de lavado de activos que se encuentra en la Cámara de Diputados de la Nación.

La ONG cree que dicha legislación “tendrá un efecto negativo sobre actividades libres, lícitas e inofensivas realizadas por muchísimas personas dentro de un sector pujante de la economía nacional, como lo es la industria cripto”.

En nota de prensa, los representantes de la organizción remarcaron que si bien “acompañan el impulso de las medidas necesarias para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, los ajustes actuales en la reforma no contemplan las consecuencias negativas dentro de las particularidades que tiene la economía argentina”.

Modificaciones propuestas

La ONG propone dos modificaciones sobre el proyecto de reforma que busca adaptar la normativa nacional a los estándares internacionales para la prevención de lavado de activos dictados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Primero, solicitóexcluir del universo de sujetos obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) a las personas que realizan la actividad de intercambio de criptoactivos de forma individual o en la modalidad P2P (persona a persona), con liquidación en entidades financieras u otras entidades controladas por la UIF y obligadas a informar”.

“La definición que tiene la normativa de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), sujetos obligados a informar a la UIF, es idéntica a la propuesta por el GAFI en sus “Estándares Internacionales”, por lo que se omite realizar un análisis circunstanciado de lo que significa su eventual aplicación en la Argentina. En nuestro país se ha desarrollado una gran comunidad de individuos y microempresas que realizan servicios de intercambio de criptoactivos por dinero fiduciario y viceversa, o por otros criptoactivos, mediante operaciones denominadas P2P, o persona a persona”, explicaron los voceros de la organización.

Además, sostienen: “Quienes realizan estas operaciones pueden hacerlo como consumidores finales o como un servicio minorista, con márgenes entre los precios de compra y de venta. Son muy pequeños emprendedores, estudiantes, trabajadores o desempleados que realizan esta actividad como forma de obtener un ingreso complementario. Dada la definición de PSAV que propone hoy la ley, las personas que realizan estas operaciones serán consideradas sujetos obligados a informar frente a la UIF, con exigencias reglamentarias que están totalmente fuera de sus posibilidades”.

También, la ONG dice que “estas operaciones minoristas, de bajo importe, es impensable que puedan constituir una amenaza seria al lavado de activos y la financiación del terrorismo de acuerdo al estándar del ´enfoque basado en riesgos que promueve´ el GAFI”.

El segundo punto que solicita cambiar la ONG es “que el registro de PSAV, recomendado desde el GAFI, sea llevado por la UIF y no por cualquier otro órgano regulatorio”.  Y explica:

“Las empresas que actualmente operan en el país en las distintas actividades que definen a un PSAV tienen muy diverso volumen y complejidad, lo cual hace muy difícil y peligroso establecer criterios generales habilitantes. Por eso, recomendamos que este registro no sea utilizado para exigir determinados estándares operativos o patrimoniales habilitantes sino que se acote exclusivamente a que la UIF pueda supervisar en forma eficaz el cumplimiento de los requisitos mínimos obligatorios de prevención del lavado de activos”.

En Twitter, la ONG también compartió su solicitud pública:


Fuentes: Nota de prensa de ONG Bitcoin Argentina, Twitter, archivo

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Imagen de Unsplash editada

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