Por Hannah Pérez  

Un dolor de cabeza menos. Los contribuyentes españoles no están obligados a incluir sus criptomonedas en la declaración del Modelo 720.

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La declaración de las tenencias de criptomonedas en España no es tarea sencilla, y muchos usuarios del criptoespacio lo saben. Sin duda, la extensión de las normativas tributarias para abarcar la nueva clase de activos no ha ayudado a facilitar la tarea. Más recientemente, una controvertida obligación fiscal relativa a bienes en el extranjero había generado dudas entre los contribuyentes.

La buena noticia para muchos es que el Ministerio de Hacienda español ha aclarado esta semana que los titulares de activos digitales no están obligados a incluir sus tenencias en la Declaración Informativa de Bienes en el Extranjero. En otras palabras, los españoles no deberán incluir sus criptos en el polémico Modelo 720, que hace referencia a los fondos mantenidos en el extranjero. Al menos por ahora.

La Agencia Tributaria española publicó un aviso confirmando que los ciudadanos no tienen ningún deber de informar sobre sus tenencias de criptomonedas para el ejercicio de 2021. “En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021, indicó el organismo.

Modelo 720 no incluye criptomonedas, por ahora

El portal de noticias El Economista recogió la información, señalando que aún no existe una regulación para las criptomonedas en esta materia. Sobre este asunto, el medio consultó al asesor financiero y socio de Gibernau, Esaú Alarcón, quien explicó:

No hay que declarar [los criptoactivos]. No hay información a declarar. No son valores incluidos, ni hay datos de criptomonedas dentro de las casillas de valores del Modelo 720. No hay ninguna exégesis razonable que permita entender que las criptomonedas se declaran en este Modelo. 

El año pasado, el Ministerio de Hacienda había adelantado que se estaba preparando para ampliar la vigilancia sobre las criptomonedas. En particular, dijo que obligaría a los contribuyentes a incluir las operaciones con dichos activos en la declaración de tenencias en el extranjero.

El Congreso de los Diputados aprobó en junio la Ley Antifraude que entre sus muchas normas incluía «la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero» para bienes superiores a los 50.000 euros. Se indicó además que para ello habría que crear un nuevo formulario (un Modelo 721) o incluir un apartado detallado en el 720 con la forma y datos que debía tener esta declaración.

Si bien la normativa ya entró en vigencia, esta obligación tributaria aún no se aplicaría ya que las autoridades no han establecido el conjunto de reglas para su aplicación. Según reseñó The Objective, la declaración estaba sujeta a un desarrollo normativo que no se ha realizado y que podría retrasarse un año más. El medio citó el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022 del Gobierno.

Otros aspectos de la declaración fiscal siguen igual

Como recogió El Economista, otras áreas fiscales tampoco sufrieron cambios con respecto a la declaración de criptomonedas. El formulario de impuesto sobre la renta (IRPF) no incluye un área específica para incluir criptomonedas y se mantiene idéntico. El único cambio que se ha implementado es que ahora las criptomonedas tienen un área específica que deben completar los contribuyentes. 

En cuanto al polémico Modelo 720, hay proyectos para incluir las criptomonedas y los informes adelantan que una nueva regulación podría aprobarse para la temporada de impuestos del próximo año, correspondiente a 2022.

La noticia se produce poco después de que los tribunales europeos desaprobaran el Modelo 720 para la declaración de bienes extranjeros en enero debido a sus multas desproporcionadas. Debido al fallo histórico, las autoridades españolas ahora se han movido para reembolsar a algunos contribuyentes por las sanciones pagadas bajo este modelo.

Más recientemente, se presentaron dos enmiendas al Senado que eliminan las sanciones y la imprescriptibilidad de la declaración de bienes en el extranjero, como reseñó Voz Populi.


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Artículo de Hannah Estefanía Pérez / DiarioBitcoin

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